Resumen: SERVIHABITAT SERVICIOS INMOBILIARIOS SL. Despido disciplinario por ausencias injustificadas al no conectarse la trabajadora a través de los medios telemáticos proporcionados por la empresa.
Resumen: La empresa obtuvo ERTE Covid con efectos de 1 de marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020; la empresa no renovó solicitud de prórroga ni abonó las cotizaciones, aunque los trabajadores permanecieron de alta en Seguridad Social hasta el día 31-1-21. Se discutió si al dejar de prestar servicios y no renovarse la solicitud concurrió despido tácito, concluyéndose que, al adoptarse el ERTE con fundamento en el art. 22 del RDL 8/2020, esto es por fuerza mayor, el 29-9-2020 se prorrogó automáticamente, y aunque el demandante no percibió prestación de desempleo desde el 1 de octubre de 2020 fue porque estuvo prestando servicios para otras empresas, lo que supone que la extinción del vínculo tuvo lugar el 31 de enero de 2021 y no el 1 de octubre de 2020.
Resumen: Conflicto Colectivo. SE pretende afectados trabajadores ayuda domicilio percibo del complemento de puntualidad y asistencia (plus absentismo) en cuantía 100 € al año en todas situaciones IT. No procede pues plus no pactado para ausencias previstas como IT. Tampoco cabe admitir que la referencia a las ausencias como "previstas" o "imprevistas" deba interpretarse como que la IT es una "ausencia prevista", pues lo será en algunas ocasiones y no en otras, por lo que la apelación a esta diferencia se entiende como apelación a los distintos protocolos a seguir por los coordinadores en el programa de control PLASER.